Derecho a la Privacidad
Preservar la intimidad es una preocupación que siempre ha estado en nuestra civilización, y era de esperar que en el nuevo mundo digital el Derecho a la Privacidad se empezara a contemplar en las leyes.
Europa lleva desarrollando ya hace tiempo una fuerte legislación en el área de protección de datos personales, y con la nueva Era de la Inteligencia Artificial y el Internet del Todo, pilares de la Cuarta Revolución Industrial, se pone de manifiesto más que nunca la necesidad de fortalecer el derecho de los ciudadanos a conservar su privacidad, frente a la enorme cantidad de formas digitales que podrían vulnerarla.
Aumque en esta Era Digital el Dato es el nuevo Petroleo y su obtención primará toda la actividad de la Economía Digital, la protección de estos Datos Personales no determina todos los aspectos de la privacidad. En la actualidad, nuestros datos son un elemento fundamental que conforma nuestra información en el contexto de las Tecnologías Emergentes, y que en combinación con nuestra actividad en La Red, define lo que denominamos la Identidad Digital. Ambos son elementos básicos para entender y preservar nuestra percepción de Privacidad.
El derecho a la privacidad surgió desde el momento en el que se manifestó la inquietud por preservar la intimidad de las personas y la conciencia por otorgarles esa facultad. Este derecho puede definirse como aquel que las personas poseemos para separar aspectos de nuestra vida íntima del escrutinio público, por lo que sin distinción, todos tenemos derecho a la Privacidad.
Origen del Dercho a la Privacidad
Las primeras declaraciones de este derecho fueron realizadas en Estados Unidos a finales del siglo XIX, debido a la aparición de las fotografías instantáneas. Con la tecnología de aquellos años, se atentaba contra la “vida doméstica”, desde el momento en el que las imágenes podían ser difundidas de forma masiva. En aquel tiempo se definió como el derecho a no ser molestado.
Posteriormente, el concepto de privacidad incluyó otros elementos destacables como la facultad que toda persona posee para determinar la manera, el momento y la información personal que podía ser comunicada con otras personas. En otras palabras, esta idea ofrecía la posibilidad y el derecho a controlar la información propia, incluso luego de que fuese compartida.
En definitiva, se ha convertido en una forma de procurar nuestras actividades íntimas y del mismo modo, la preocupación se ha mantenido a medida que han aparecido nuevos desarrollos tecnológicos. En la actualidad estamos inmersos en un sin fin de herramientas digitales que exponen nuestras actividades cada vez más, incluso con nuestro consentimiento, o también, a partir de nuestro desconocimiento. Por lo que el Derecho a la Privacidad se mantiene más vivo que nunca.
La protección de datos como base de la Privacidad en la Era Digital
Si bien la protección de datos personales no abarca todos los aspectos de la Privacidad, en la nueva Era Digital de la Inteligencia Artificial y el Internet del Todo se han convertido en una pieza clave, ya que buscan proteger la Identidad Digital. En esta nueva Era se extiende a toda la información asociada a las actividades que realizaremos en el Internet del Todo, como resultado de la interacción entre personas, cosas basadas en sistemas cyberfísicos, procesos y servicios, donde muy probablemnte se moverá un gran cantidad de datos personales que podrían ser concedidos a terceros en tiempo real.
Estas entidades suelen procesar, almacenar o transmitir datos de personas, hasta el grado de llegar a lucrarse con la comercialziación de nuestra información privada. En la actualidad, muchos servicios de la Red conocen gran parte de las actividades de los usuarios, gustos, preferencias, así como sus datos personales, que son los que se utilizan con fines comerciales. Por lo tanto, la protección de esta información es la base principal para proteger nuestra Privacidad y contribuir a preservar nuestra Intimidad.
Derechos en las nuevas leyes de protección de datos
En el contexto de las legislaciones para protección de datos personales de la llamada General Data Protection Regulation (GDPR), se consideran nuevos derechos, acordes con las problemáticas actuales. Esta nueva ley única confiere otros derechos a los ciudadanos de la Unión Europea, como el Derecho al Olvido.
Las personas tienen la facultad para solicitar que las compañías eliminen sus datos personales en determinadas condiciones, como por ejemplo, cuando la información es irrelevante para los propósitos iniciales que se informaron cuando fue recopilada o cuando el propietario legítimo de los datos retira su consentimiento.
También se considera el Derecho de oponerse a la elaboración de perfiles, lo que significa que las personas podrán oponerse a que sus datos personales se procesen o sean utilizados para la elaboración de perfiles en determinadas circunstancias, como ocurre con muchas aplicaciones de Inteligencia Artificial.
Un tercer elemento que considera esta ley es el Derecho a la Portabilidad de datos. Las personas tienen la facultad de obtener una copia de sus datos personales de la empresa que procesa su información en un formato común y legible.
Queda claro que debe garantizarse el derecho a controlar el uso y destino de los datos personales, para evitar la recopilación, comunicación y tratamiento de éstos de modo ilícito o lesivo para la dignidad y los derechos de los individuos.
Pero concluyendo, lo que sobre todo debe quedar claro, es que aunque toda persona tiene derecho a la Protección de sus datos personales, como desarrollo de los Derechos Fundamentales a la Intimidad, el Honor, la Imagen y la Dignidad en el espacio digital, ante todo debe prevalecer el Derecho a la Privacidad de las personas y específicamente, a la Privacidad de las actividades digitales en la nueva Era de la Hiperconectividad y el procesamiento a Tiempo Real que traeran la Inteligencia Artificial, el Internet del Todo y las demás Tecnologías Disruptivas de la Industria 4.0.
Este es el debate que siempre tiene que estar en contínuo movimiento, y hacer que las leyes que salvaguardan este Derecho Fundamental a la Privacidad estén en contínua revisión y adaptación a la propia Evolución Tecnológica.